+48 22 490 20 44 Ayuda para extranjeros residentes en Polonia

Información importante

Nos gustaría llamar su atención sobre el hecho de que la información publicada en esta página no constituye una fuente formal de las leyes. Le aseguramos que hemos hecho todo lo posible para que sea conforme con las regulaciones vigentes. Sin embargo, recuerde por favor que esta página se creó con fines informativos, y los datos publicados en ella no pueden servir como referencia en disputas con las autoridades. En caso de dudas, le recomendamos ponerse en contacto con la autoridad que lleva a cabo el procedimiento administrativo pertinente y familiarizarse con las leyes que pueden tener un impacto decisivo en su resolución. También le invitamos a ponerse en contacto con nuestra línea directa: +48 22 490 20 44.

Invitaciones

Una invitación puede ser un documento que confirma que el solicitante tiene medios de subsistencia suficientes durante su estancia en Polonia y para su regreso a su país de origen o residencia. El extranjero podrá presentar la invitación al momento de solicitar un visado y durante el control fronterizo.

¡Atención! La invitación no es un documento que otorgue el derecho de entrada a Polonia; para entrar a Polonia, al recibir la invitación, el extranjero debe solicitar un visado (si fuera necesario en su caso).
¡Atención! La invitación no es un documento que autorice al extranjero a trabajar en el territorio de Polonia.

El registro de invitaciones de extranjeros a Polonia se realiza a petición de la persona invitante, mediante la inscripción en el registro de invitaciones. La persona que invita debe solicitar el registro de la invitación ante el voivoda competente según su lugar de residencia.

¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE INVITACIONES?

La solicitud de registro de invitaciones puede ser presentada por:

  • Un ciudadano polaco residente en la República de Polonia, un ciudadano de otro estado miembro de la UE/EEE/Suiza o un miembro de su familia residente en la República de Polonia con derecho de residencia o de residencia permanente en el territorio en ese territorio, o
  • Un extranjero que haya residido legalmente y sin interrupciones al menos durante 5 años en el territorio de la República de Polonia inmediatamente antes de la emisión de la invitación, o
  • Un extranjero con permiso de residencia permanente, o
  • Un extranjero titular de un permiso de residencia de largo plazo en la UE, o
  • Una persona jurídica o una entidad organizativa sin personalidad jurídica con sede en el territorio de la República de Polonia.

DOCUMENTOS BÁSICOS

La invitación debe contener la siguiente información:

  • Datos de la persona invitante: nombre, apellido, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, dirección, profesión, tipo, serie y número de documento de identidad; o nombre de la empresa, número REGON, domicilio social;
  • Datos del extranjero invitado: nombre, apellido, fecha y lugar de nacimiento, sexo, nacionalidad, dirección, serie y número de pasaporte y, si aplica, el grado de parentesco con la persona invitante;
  • Si se invitan también miembros de la familia del extranjero, también sus datos: nombres, apellidos, fecha de nacimiento y sexo del cónyuge e hijos;
  • El número de extranjeros invitados durante el año anterior a la presentación de la solicitud de inscripción de la invitación en el registro de invitaciones;
  • El compromiso de la persona invitante de cubrir los costes de estancia y salida del extranjero invitado, incluidos los costes de tratamiento médico y de expulsión de Polonia, si fuera necesario;
  • Especificación del lugar de alojamiento del extranjero invitado;
  • Especificación de la duración de la invitación;
  • Especificación del propósito de la estancia del extranjero;
  • Nombre del órgano que inscribió la invitación en el registro de invitaciones (generalmente, es la sección de asuntos de extranjeros del departamento regional del voivodato; los documentos se presentan ya sea en la oficina central o en su delegación);
  • Fecha y número de registro de la invitación;
  • Firma de la persona invitante.

La persona que solicita el registro de la invitación debe presentar también:

  • Formulario complementado para la solicitud de registro de la invitación;
  • Documento que confirme la identidad (por ejemplo, documento de identidad, documento de viaje o tarjeta de residencia);
  • Documento que confirme la capacidad de cubrir los costes asociados con la estancia del extranjero (incluyendo costes de alojamiento, tratamiento médico, regreso al país de origen o residencia, tránsito y costes de expulsión de Polonia);
  • Documento que confirme el derecho de propiedad sobre el inmueble, si este ha sido indicado como lugar de alojamiento del extranjero en Polonia, o un documento que confirme la posibilidad de proporcionar alojamiento en otro lugar;
  • Comprobante del pago de la tasa administrativa, que asciende a 27 PLN.

La invitación adquiere validez en el momento de su inscripción en el registro de invitaciones y es válida por un período de 1 año.

DENEGACIÓN

El voivoda tiene derecho a denegar la inscripción de una invitación en el registro de invitaciones.

La persona que no esté conforme con la decisión del voivoda tiene derecho a apelar ante la Oficina de Extranjeros. La apelación debe interponerse dentro de los 14 días posteriores a la notificación de la decisión.

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