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Permiso de residencia permanente

El permiso de residencia permanente en Polonia se concede por tiempo indefinido, aunque la tarjeta de residencia asociada tiene una validez de 10 años. Esto significa que, cada diez años, será necesario renovarla, pero sin necesidad de volver a solicitar el permiso ni repetir el proceso de obtención.

Este permiso permite trabajar en Polonia sin la necesidad de tramitar documentos adicionales. Sin embargo, el permiso de residencia permanente en Polonia no autoriza a trabajar en otros países, ya que su validez se limita exclusivamente a Polonia.

El permiso de residencia permanente (es decir, la tarjeta de residencia permanente) permite viajar a los países del espacio Schengen, aunque el tiempo de estancia fuera de Polonia no puede superar los 90 días en de un período de 180 días. Si el extranjero necesita permanecer más tiempo en otro país Schengen, deberá regularizar su estancia de acuerdo con la normativa del país correspondiente.

 

CONDICIONES PARA OBTENER EL PERMISO DE RESIDENCIA PERMANENTE

Un extranjero puede solicitar el permiso de residencia permanente en Polonia si cumple con al menos uno de los siguientes requisitos:

  1. Ser hijo de un extranjero con residencia permanente o de larga duración en la UE en Polonia, estar bajo su tutela y:
    a) Haber nacido después de que su progenitor obtuviera en Polonia dicho permiso, o
    b) Haber nacido mientras su progenitor extranjero tenía un permiso de residencia temporal o vivía en el territorio de Polonia con una autorización de residencia por razones humanitarias, de estancia tolerada, como refugiado o con protección subsidiaria.
  2. Ser hijo de un ciudadano polaco y estar bajo su custodia.
  3. Tener ascendencia polaca y desear establecerse en Polonia de manera permanente.
  4. Estar casado/a con un/a ciudadano/a polaco/a en un matrimonio reconocido por la ley polaca desde al menos 3 años antes de presentar la solicitud de permiso de residencia permanente, y haber vivido en Polonia de manera ininterrumpida durante al menos 2 años con un permiso de residencia temporal basado en su matrimonio o en su estatus de refugiado, protección subsidiaria o razones humanitarias.
  5. Ser víctima de trata de personas y:
    a) Haber residido en Polonia, al menos un año antes de presentar la solicitud, con un permiso de residencia temporal concedido a víctimas de trata de personas, y
    b) Haber cooperado con las fuerzas y cuerpos de seguridad en un proceso penal.
    c) Tener razones fundadas para temer regresar a su país de origen, lo que ha sido confirmado por el fiscal encargado del caso.
  6. Haber residido en Polonia de manera ininterrumpida durante al menos 5 años antes de presentar la solicitud de permiso de residencia permanente, bajo el estatus de refugiado, con protección subsidiaria o con un permiso de residencia por razones humanitarias.
  7. Haber residido ininterrumpidamente en Polonia durante al menos 10 años con un permiso de estancia tolerada, concedido en los siguientes casos:
    a) Si la orden de retorno del extranjero solo puede ejecutarse hacia un país donde pueda ocurrir alguna de las siguientes situaciones:
  • Su derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad personal se vea amenazado, o
  • Pueda ser sometido a torturas, tratos inhumanos o degradantes, o a un castigo, o
  • Pueda ser obligado a trabajar, o
  • Se le niegue el derecho a un juicio justo o pueda ser castigado sin base legal.

          b) Si la orden de retorno del extranjero solo puede ejecutarse hacia un país al que no puede ser extraditado porque un tribunal ha declarado su extradición inadmisible o porque el Ministro de Justicia ha denegado su expulsión.

       8. Poseer la Carta Polaca y desear establecerse en Polonia de manera permanente.

       9. Haber recibido asilo en Polonia.

      10. Tener ingresos estables y regulares, y antes de presentar la solicitud, haber residido en Polonia al menos 4 años con un permiso de residencia temporal basado en el ejercicio de una profesión clave para la economía polaca (La lista de profesiones será indicada en un reglamento separado).

 

PROCEDIMIENTO Y DOCUMENTACIÓN

El trámite para obtener el permiso de residencia permanente en Polonia se lleva a cabo en la oficina del voivodato correspondiente al lugar de residencia del solicitante. La decisión se emite en un plazo máximo de 6 meses.

La solicitud debe ser presentada por el solicitante extranjero, mientras éste todavía permanece en Polonia de manera legal, es decir, antes de que expire su estancia actual (por ejemplo, antes del vencimiento de su tarjeta de residencia temporal o visado).

Para solicitar un permiso de residencia permanente, es necesario presentar la siguiente documentación:

  1. Dos copias del formulario de solicitud, cumplimentadas en polaco (el formulario puede descargarse aquí: );
  2. Pasaporte original (para verificación), junto con dos copias de todas las páginas que contengan sellos, anotaciones o inscripciones.

¡Importante! El pasaporte original debe presentarse al momento de presentar la solicitud, pero se devuelve el mismo día, ya que no se retiene durante el proceso.

  1. 4 fotografías recientes (que cumplan con los requisitos oficiales).
  2. Documentos que confirmen los datos contenidos en la solicitud y las circunstancias que justifican presentar la solicitud del permiso de residencia permanente.
  3. Comprobante de pago de la tasa administrativa.

Además, es necesario adjuntar a la solicitud los siguientes documentos:

  1. Para menores de edad que sean hijos de un extranjero con residencia permanente o residencia de larga duración en la UE en Polonia, siempre que estén bajo su patria potestad y hayan nacido después de la concesión de dicho permiso:
    - Copia de la partida de nacimiento.
    - Copia de la decisión que concede la residencia permanente o la residencia de larga duración en la UE, o la tarjeta de residencia del representante legal.
  2. Para hijos de ciudadanos polacos que estén bajo su patria potestad:
    - Copia de la partida de nacimiento.
    - Copia del documento de identidad del representante legal.
  3. Para personas de ascendencia polaca:
    - Documentos originales que acrediten que al menos uno de sus padres, abuelos o dos bisabuelos tenían origen polaco.
    - Documentos que prueben el parentesco con la persona de origen polaco. Si se presentan copias, estas deben contar con la apostilla correspondiente.
  4. Para solicitantes casados con un ciudadano polaco:
    - Copia actualizada del certificado de matrimonio (emitida en los tres meses previos a la solicitud).
    - Copia del documento de identidad del cónyuge.
    - Si hay hijos en común, copias de sus partidas de nacimiento.
    - Certificado de cumplimiento de obligaciones fiscales con la Tesorería polaca.
  5. Para víctimas de trata de personas:
    - Documentos que acrediten la cooperación con las fuerzas y cuerpos de seguridad en el proceso penal relacionado con el delito de trata de personas, así como las razones justificadas para temer su regreso al país de origen, confirmadas por el fiscal encargado del caso.
  6. Para quienes hayan residido de forma ininterrumpida en Polonia durante al menos 5 años antes de presentar la solicitud, bajo el estatus de refugiado, con protección subsidiaria o con un permiso de residencia por razones humanitarias:
    - Documentos que acrediten los cinco años de residencia ininterrumpida en Polonia.
  7. Para quienes hayan residido de forma ininterrumpida en Polonia durante al menos 10 años antes de presentar la solicitud, con un permiso de estancia tolerada:
    - Documentos que acrediten los diez años de residencia ininterrumpida en Polonia.
  8. Para titulares de una Carta Polaca vigente:
    - Copia de la Carta Polaca junto con el original para su verificación.

¡Importante! La Carta Polaca debe ser entregada al voivoda correspondiente al lugar de residencia, en un plazo máximo de 14 días a partir de la fecha en que la decisión de concesión del permiso de residencia permanente se vuelva definitiva. Para más información, consulte la sección CARTA POLACA.

       9. Para quienes hayan recibido asilo en Polonia:
          - Documento que certifique la concesión del asilo.

¡Importante! La lista anterior no es definitiva. Los documentos necesarios para obtener el permiso de residencia permanente pueden variar según la situación del extranjero y la oficina en la que se realice la solicitud de residencia temporal.

Se tomarán las huellas dactilares del extranjero que solicita el permiso de residencia permanente, con el fin de incluirlas en la tarjeta de residencia.

¡Importante! El voivoda coloca en el documento de viaje del extranjero un sello que confirma la presentación de la solicitud para obtener el permiso de residencia permanente dentro del plazo (y sin faltas en los requisitos formales). La estancia en Polonia con este sello se considera legal (incluso si vence el visado o la tarjeta de residencia anterior) hasta que se tome una decisión sobre el permiso. En caso de apelación a una decisión negativa, el permiso se mantendrá vigente hasta que la resolución de segunda instancia sea definitiva.

Este sello en el pasaporte (si es la única autorización de la estancia en el territorio de Polonia) no permite viajar a otros países del espacio Schengen. Con el sello que confirma la legalidad de su estancia, el extranjero puede viajar a su país de origen, pero no podrá regresar a Polonia ni cruzar las fronteras del espacio Schengen. Para poder volver a Polonia, será necesario obtener un visado (si proviene de un país que no está dentro del régimen de libre circulación sin visado).

Duración del permiso de residencia permanente

El permiso de residencia permanente es válido de forma indefinida, pero se requiere renovar la tarjeta de residencia cada 10 años. La solicitud para obtener una nueva tarjeta debe presentarse al menos 30 días antes de que venza la actual.

Procedimiento de recurso

Si un extranjero no está de acuerdo con la decisión del voivoda, puede presentar un recurso ante el Jefe de la Oficina de Extranjeros en Varsovia, a través del voivoda que emitió la decisión. Los recursos deben presentarse por escrito en un plazo de 14 días desde la recepción de la resolución. El procedimiento de recurso debe resolverse en un plazo de 3 meses desde la recepción del mismo. Si la decisión del Jefe de la Oficina de Extranjeros es negativa, el extranjero puede presentar una queja ante el tribunal administrativo dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la decisión.

¡Importante! Presentar una queja ante el tribunal administrativo no legaliza la estancia en Polonia. Esto significa que el extranjero, si no tiene otro documento válido que le autorice a permanecer en Polonia, deberá abandonar el país.

Tasa

La tasa administrativa (que debe adjuntarse con la solicitud al momento de presentar la solicitud) para la emisión del permiso de residencia de larga duración en la UE es de 640 PLN. Esta tasa se reembolsa a petición del extranjero en caso de una decisión negativa (si se archiva el expediente o si se deja la solicitud sin resolver). En caso de recibir una decisión positiva, el extranjero deberá pagar 100 PLN adicionales para la emisión de la tarjeta de residencia.

El pago se puede hacer en la caja del voivodato donde se está tramitando el procedimiento o mediante transferencia bancaria a la cuenta del correspondiente voivodato. La información sobre el número de cuenta se puede obtener directamente en la oficina o en la página web www.gov.pl (seleccionando el voivodato en el que se presentará la solicitud).

 

DENEGACIÓN DE APERTURA DEL PROCEDIMIENTO

El extranjero no recibirá el permiso de residencia permanente en Polonia si:

  • Se encuentra en Polonia:
  1. Sin los documentos que le permitan permanecer en el país (es decir, permanece de manera irregular)
  2. Con un visado Schengen que le autoriza a entrar y permanecer en Polonia, pero que fue emitido por motivos humanitarios;
  3. Con un permiso de residencia temporal por razones que requieran una estancia corta en Polonia (existen algunas excepciones para personas de origen polaco que solicitan la tarjeta por este motivo);
  4. Con un permiso de residencia de larga duración en la UE.
  • Está detenido o permanece en un centro de detención o en un centro de internamiento para extranjeros, o tiene una prohibición de salir del país;
  • Cumple una condena de prisión o está detenido provisionalmente;
  • Ha sido obligado a regresar y aún no ha vencido el plazo para su retorno voluntario, según lo establecido en la decisión correspondiente, incluso si dicho plazo ha sido prorrogado;
  • Está obligado a abandonar Polonia;
  • Se encuentra fuera de Polonia;
  • No ha registrado sus huellas dactilares para la emisión de la tarjeta de residencia.

 

DENEGACIÓN DE LA CONCESIÓN DEL PERMISO

Un extranjero recibirá una decisión negativa sobre la concesión de un permiso de residencia permanente si:

  1. No cumple con los requisitos para obtener el permiso de residencia permanente.
  2. Está inscrito en la lista de extranjeros cuya permanencia en Polonia es considerada indeseable.
  3. Sus datos figuran en el Sistema de Información Schengen para la denegación de entrada.
  4. Existen razones para la defensa o la seguridad del Estado o para la protección de la seguridad y el orden públicos,.
  5. Lo requiere el interés de Polonia.
  6. Su solicitud se basa en un matrimonio con un ciudadano polaco, pero dicho matrimonio se celebró con el propósito de eludir las leyes.
  7. En el procedimiento para obtener el permiso de residencia permanente, el extranjero presentó información falsa, ocultó datos, mintió o falsificó documentos con la intención de usarlos como auténticos.
  8. Tiene deudas fiscales pendientes en Polonia, salvo que haya obtenido un aplazamiento, fraccionamiento de pago u otra forma legal de regularización, o se haya suspendido completamente la ejecución de la deuda.
  9. No ha reembolsado los costos relacionados con la emisión y ejecución de la decisión que obliga al extranjero a regresar, los cuales fueron cubiertos por el presupuesto del estado.

 

REVOCACIÓN DEL PERMISO DE RESIDENCIA PERMANENTE;

El permiso de residencia permanente puede ser revocado en los siguientes casos:

  1. Existen razones de defensa nacional, seguridad del estado o protección del orden público.
  2. Lo requiere el interés de Polonia.
  3. La solicitud de permiso de residencia permanente o los documentos adjuntos contienen datos falsos, documentos falsificados o documentos que certifiquen información incorrecta.
  4. Al solicitar el permiso de residencia permanente, el extranjero mintió, ocultó información o falsificó documentos para presentarlos como auténticos.
  5. El extranjero ha sido condenado con una sentencia firme en Polonia por un delito intencional y condenado a una pena privativa de libertad de al menos 3 años.
  6. El extranjero ha abandonado Polonia por un período superior a 6 años.

¡Importante! Si el permiso de residencia permanente se otorgó debido a un matrimonio con un ciudadano polaco, el permiso puede ser revocado si el extranjero se divorcia dentro de los 2 años posteriores a la concesión del permiso.

¡Importante! El permiso de residencia permanente expira por imperio de la ley cuando el extranjero obtiene un permiso de residencia de larga duración en la UE o adquiere la nacionalidad polaca.

Base legal

Ley de Extranjería de 12 de diciembre de 2013 (texto consolidado, Diario Oficial de 2020, art. 35).

ESTANCIA ININTERRUMPIDA COMO REQUISITO PARA OBTENER EL PERMISO DE RESIDENCIA PERMANENTE

Se considera que la estancia de un extranjero en Polonia es ininterrumpida si ninguna ausencia ha superado los 6 meses consecutivos y el total de todas las ausencias no ha excedido los 10 meses en total, salvo que la interrupción haya sido causada por:

  • El desempeño de obligaciones profesionales o de trabajo fuera de Polonia, basado en un contrato con un empleador cuya sede se encuentra en Polonia.
  • El acompañamiento del extranjero mencionado en el punto anterior por parte de su cónyuge o hijo menor de edad.
  • Circunstancias personales excepcionales, que hayan requerido la presencia del extranjero fuera de Polonia, si la ausencia en Polonia duró más de 6 meses.
  • Salida de Polonia para realizar prácticas o participar en actividades previstas en el plan de estudios de una universidad polaca.

Si el extranjero solicita la residencia permanente sobre la base del estatuto de refugiado o sobre la base de un permiso de estancia tolerada, el tiempo de estancia en Polonia durante el procedimiento de concesión de protección internacional se incluye en la residencia ininterrumpida, incluso si durante ese tiempo permaneció en un centro vigilado o en un centro de detención para extranjeros.

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