+48 22 490 20 44 Ayuda para extranjeros residentes en Polonia

Información importante

Nos gustaría llamar su atención sobre el hecho de que la información publicada en esta página no constituye una fuente formal de las leyes. Le aseguramos que hemos hecho todo lo posible para que sea conforme con las regulaciones vigentes. Sin embargo, recuerde por favor que esta página se creó con fines informativos, y los datos publicados en ella no pueden servir como referencia en disputas con las autoridades. En caso de dudas, le recomendamos ponerse en contacto con la autoridad que lleva a cabo el procedimiento administrativo pertinente y familiarizarse con las leyes que pueden tener un impacto decisivo en su resolución. También le invitamos a ponerse en contacto con nuestra línea directa: +48 22 490 20 44.

Documentos que autorizan a trabajar en Polonia

PERMISO DE RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO

La información detallada sobre los permisos de residencia temporal y trabajo está disponible en la pestaña RESIDENCIA TEMPORAL/PERMISO DE RESIDENCIA Y TRABAJO.

PERMISO DE TRABAJO

Un permiso de trabajo es un documento que autoriza a un extranjero a trabajar legalmente en Polonia, siempre que el extranjero tenga una base de residencia que le permita trabajar de acuerdo con la normativa.

¡Importante! Un extranjero no puede trabajar en Polonia, incluso si tiene un permiso de trabajo válido, si se encuentra en el territorio de la República de Polonia sobre la base de:

  • un visado expedido por razones turísticas (finalidad: 01), para disfrutar de protección temporal (finalidad: 20), visitas a familiares o amigos (finalidad: 02), estudios no universitarios (finalidad: 11), tratamiento médico (finalidad: 14), la llamada "otra" (finalidad: 23) no se aplica a la Tarjeta Polaca
  • un permiso de residencia temporal en virtud de circunstancias que requieren una estancia de corta duración del extranjero en el territorio de Polonia (artículo 181, apartado 1, de la Ley de Extranjería).
  • un visado expedido por otro país de la zona Schengen, independientemente de la finalidad 

Se expide un permiso de trabajo cuando el extranjero: 

  1. Realiza un trabajo en el territorio de la República de Polonia en virtud de un contrato con una entidad polaca que encomiende trabajo al extranjero, y en el caso de que esta entidad dirija al extranjero a otra entidad, en virtud de un contrato con una agencia de trabajo temporal; o 
  2. Residiedo en el territorio de la República de Polonia, ejerce una función en la junta directiva de una persona jurídica inscrita en el registro de empresas del KRS o de una sociedad anónima en formación, o representa a una sociedad comanditaria simple o sociedad comanditaria por acciones, o gestiona los asuntos de dicha sociedad, o ejerce la función de apoderado; o 
  3. Es empleado de una entidad extranjera y ha sido desplazado al territorio de la República de Polonia con la finalidad de realizar un trabajo; o 
  4. Realiza un trabajo en el territorio de la República de Polonia dentro del ámbito de las actividades especificadas en las disposiciones emitidas de conformidad con el artículo 45, apartado 2 (trabajo de temporada). 

¡Atención! Para obtener un permiso de trabajo, anteriormente se requería la realización de una prueba del mercado laboral y la presentación de información del starosta (jefe de distrito). En 2025, de acuerdo con la nueva normativa sobre la encomienda de trabajo a extranjeros, esta prueba ha sido eliminada. En su lugar, se ha introducido un nuevo sistema que permite a los distritos decidir en qué sectores y en qué momentos limitar el empleo de extranjeros. Gracias a ello, las autoridades locales pueden adaptar mejor las normas de empleo a sus necesidades. 

Las modificaciones en las condiciones de empleo del extranjero especificadas en el permiso requieren la obtención de un nuevo permiso. Las siguientes situaciones constituyen una excepción:

1) Se ha producido un cambio en el domicilio o lugar de residencia permanente, nombre o forma jurídica de: 

a) La entidad que encomienda el trabajo al extranjero,

b) La entidad a la que el trabajador ha sido desplazado por una entidad extranjera,

c) El empleador usuario.

2) Se ha producido una transferencia del centro de trabajo o de una parte del mismo a otro empleador. 

3) Se ha producido un cambio en la denominación del puesto de trabajo, sin modificación en el ámbito de las obligaciones del extranjero

  • aumento de la jornada de trabajo del extranjero, con el correspondiente aumento de la remuneración;
  • asignación de tareas de naturaleza distinta o en un puesto distinto al especificado en el permiso de trabajo por un período de hasta 30 días en un año civil, siempre que se cumplan los demás requisitos del permiso y las regulaciones para profesiones o actividades reguladas.

En caso de darse la situación anteriormente descrita, no es necesario obtener un nuevo permiso de trabajo.

Un permiso de trabajo se expide por un periodo determinado no superior a 3 años. El período de validez del permiso se indica en el documento.

Se requiere un permiso de trabajo en el caso de empleo bajo contratos de trabajo y contratos de derecho civil.

El permiso de trabajo para un extranjero lo solicita la entidad que encomienda el trabajo (empleador).

El permiso lo expide el voivoda competente del domicilio social/lugar de residencia del empleador.

Se expedirá un permiso de trabajo a favor de una entidad polaca que encomiende trabajo a un extranjero, si se cumplen las siguientes condiciones: 

  1. El extranjero realizará el trabajo en virtud de un contrato celebrado con la entidad polaca que le encomiende dicho trabajo; 
  2. La remuneración del extranjero no será inferior a:
    a) La remuneración de los empleados que desempeñen un trabajo de naturaleza comparable o en un puesto equivalente; y
    b) El importe del salario mínimo por trabajo, conforme a lo establecido en la normativa sobre el salario mínimo por trabajo; 
  3. La jornada laboral no será inferior a 1/4 de la jornada completa ni superior a la jornada completa. 

 Distinguimos los siguientes tipos de permisos de trabajo:

  • TIPO A – se obtiene en el caso de un extranjero que realizará un trabajo en el territorio de Polonia sobre la base de un acuerdo con una entidad cuyo domicilio social o lugar de residencia, o una sucursal, planta u otra forma de actividad organizada se encuentra En el territorio de Polonia.
  • TIPO B – se obtiene en el caso de un extranjero que realizará un trabajo que implique el desempeño de una función en el consejo de administración de una persona jurídica inscrita en el registro mercantil o que sea una sociedad de capital en proceso de organización, o en relación con la gestión de los asuntos de una sociedad comanditaria SC o de una sociedad comanditaria por acciones como socio general, o en relación con el otorgamiento de un poder por un período que exceda de 6 meses en total dentro de 12 meses consecutivos.
  • TIPO C – se obtiene en el caso de un extranjero que trabajará para un empleador extranjero y será delegado en el territorio de Polonia por un período superior a 30 días en un año civil a una sucursal o planta de una entidad extranjera o una entidad asociada.
  • TIPO D – se obtiene en el caso de un extranjero que trabajará para un empleador extranjero que no tiene una sucursal, planta u otra forma de actividad organizada en el territorio de Polonia y será delegado en el territorio de Polonia con el fin de realizar servicios de índole de trabajo temporal y servicio ocasional (servicio de exportación).
  • TIPO E – se obtiene para un extranjero que trabajará para un empleador extranjero y ha sido delegado en el territorio de Polonia por un período superior a 30 días dentro de los próximos 6 meses para un propósito distinto al indicado en los permisos tipo B, C, D.
  • TIPO S - se obtiene para un extranjero que realizará trabajos dentro del alcance de las actividades especificadas en el reglamento del Ministro de Familia, Trabajo y Política Social del 8 de diciembre de 2017. (Es decir, en el ámbito de actividades directamente relacionadas con la agricultura, la silvicultura, la caza y la pesca o la restauración y el alojamiento).

El empleador que emplee a un extranjero está obligado a:

  • comprobar antes de que un extranjero empiece a trabajar si tiene un permiso de residencia válido,
  • hacer una copia del permiso de residencia y conservar dicha copia durante todo el período de empleo del extranjero,
  • celebrar un contrato escrito con un extranjero en los términos y condiciones especificados en el permiso de trabajo,
  • antes de firmar el contrato, presentar al extranjero una traducción del contrato a un idioma comprensible para el extranjero,
  • proporcionar al extranjero una copia escrita del permiso de trabajo,
  • aumento de la remuneración del extranjero en proporción al aumento del tiempo de trabajo del extranjero empleado a tiempo parcial o del número de horas en que el extranjero realiza un trabajo en virtud de un contrato de derecho civil,
  • informar al extranjero sobre las medidas adoptadas en relación con el proceso de solicitud de permiso de trabajo.
  • entregar al extranjero las decisiones relativas a la expedición, modificación o revocación del permiso de trabajo, así como la información sobre su denegación. 
  • enviar al organismo que haya expedido el permiso de trabajo una copia del contrato celebrado con el extranjero, redactado en polaco, a través del sistema informático mencionado en el artículo 26, apartado 1, punto 7, letra b) de la Ley de 20 de marzo de 2025 sobre el mercado laboral y los servicios de empleo, antes de encomendar el trabajo al extranjero. En caso de que el trabajo se encomiende en virtud de un contrato de asistencia en la recolección, dicho envío deberá realizarse en un plazo de 7 días a partir del inicio del trabajo. 
  • si el extranjero no comienza a trabajar dentro de los 2 meses siguientes a la fecha inicial de validez del permiso de trabajo, interrumpe el trabajo por un período superior a 2 meses, finaliza el trabajo antes de 2 meses antes de la expiración del permiso de trabajo, el empleador debe informar al voivoda sobre ello dentro de 7 días.

¡Importante! El empleador que emplea a un extranjero sobre la base de un permiso de trabajo tiene las mismas obligaciones hacia él que hacia un ciudadano polaco:

  • inscripción dentro de los 7 días siguientes al inicio del trabajo en el seguro social y de salud y pago puntual de las contribuciones mensuales a la Seguridad Social en la cantidad correspondiente (si lo requiere el tipo de contrato, principalmente un contrato de trabajo y un contrato de servicios, no se aplica por ejemplo, a un contrato de obra),
  • calcular, recaudar y pagar los anticipos del impuesto sobre la renta (la forma de liquidación del impuesto depende de la residencia fiscal del extranjero empleado),
  • el cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo.

PERMISO DE TRABAJO ESTACIONAL

Se expide un permiso de trabajo de temporada si: 

1) La entidad que encomienda el trabajo al extranjero es una entidad polaca que encomienda trabajo a un extranjero. 

2) El monto de la remuneración, que se especificará en el contrato con el extranjero, no será inferior a la remuneración de los empleados que realicen un trabajo de tipo comparable o en un puesto comparable en el mismo horario. 

3) El trabajo será realizado por el extranjero dentro del ámbito de las actividades especificadas en las disposiciones emitidas de conformidad con el reglamento del Consejo de Ministros. 

4) El trabajo será realizado por el extranjero por un período no superior a 9 meses en un año calendario

En el caso de un extranjero que haya entrado en el territorio de la República de Polonia con un visado expedido para realizar un trabajo estacional o en régimen de exención de visado en relación con una solicitud de permiso de trabajo estacional inscrita en el registro de solicitudes, este período se cuenta a partir del día de la primera entrada del extranjero en el territorio de los países Schengen en un año civil determinado.

Si la solicitud de un permiso de trabajo estacional se refiere a un extranjero que se encuentra en el territorio de la República de Polonia por otra razón, que puede estar asociada con la posibilidad de poder ejecutar un trabajo, el permiso puede expedirse por el período de estancia legal, pero no por un período superior a 9 meses dentro del año civil, contados junto con los períodos especificados en los permisos de trabajo estacionales emitidos anteriormente para este extranjero.

El permiso de trabajo estacional lo expide el jefe del distrito competente del lugar donde resida o tenga su domicilio la entidad que encarga un trabajo a un extranjero.

El procedimiento para obtener un permiso de trabajo difiere dependiendo de si el extranjero se encuentra en Polonia o en el extranjero.

Si un extranjero se encuentra en Polonia por una razón que puede estar asociada con el derecho a realizar un trabajo, el empleador presenta una solicitud de permiso de trabajo estacional al jefe del distrito competente para la sede o lugar de residencia de la entidad que confía el trabajo al extranjero, y el jefe del distrito emite una decisión dentro de 7 días o hasta 30 días si se requiere un procedimiento de investigación formal.

Si un extranjero se encuentra en el extranjero y solicita un visado expedido con el fin de realizar un trabajo estacional, o tiene la intención de entrar en el territorio de la República de Polonia en base a una exención de visado, el empleador deberá presentar una solicitud al jefe del distrito competente para la sede o lugar de residencia de la entidad que encomienda el desempeño del trabajo a un extranjero, y el jefe del distrito inscribe la solicitud en el registro de solicitudes de trabajo estacional y emite un certificado de inscripción de la solicitud en el plazo de 7 a 30 días. A continuación, el empleador entrega el certificado al extranjero y el extranjero obtiene un visado emitido para realizar un trabajo estacional o entra al territorio de Polonia en régimen  de exención de visado en relación con la solicitud de un permiso de trabajo estacional inscrita en el registro de aplicaciones. El extranjero podrá empezar a trabajar el día en que el empleador presente al jefe de distrito correspondiente lo siguiente:

  • declaración de la comparecencia del extranjero para trabajar. 
  • copias del documento de viaje del extranjero que contenga el visado con el que el extranjero reside actualmente en el territorio de la República de Polonia, o el sello que confirme la entrada del extranjero en el marco de la exención de visado, así como la confirmación de la fecha de entrada en el territorio de los países del espacio Schengen con el fin de realizar un trabajo de temporada

Prórroga del permiso de trabajo estacional

Si un extranjero entró en el territorio de la República de Polonia sobre la base de un visado expedido para realizar un trabajo estacional o en régimen  de exención de visado, en relación con una solicitud de permiso de trabajo estacional inscrita en el registro de solicitudes de trabajo estacional , el jefe del distrito puede conceder una prórroga del permiso de trabajo estacional con el fin de: continuar el trabajo estacional de un extranjero para la misma entidad que le confía el trabajo o con el fin de realizar un trabajo estacional para otra entidad que le encarga el trabajo a un extranjero.

Si un extranjero se encuentra en el territorio de la República de Polonia sobre la base de un documento distinto de un visado expedido para realizar un trabajo estacional o en régimen de viaje sin visado no relacionado con una solicitud inscrita en el registro de solicitudes de trabajo estacional, el jefe del distrito se negará a iniciar el procedimiento para la concesión de una prórroga del permiso de trabajo estacional.

La prórroga de un permiso de trabajo estacional se concede por un período que, junto con el período de estancia del extranjero con el fin de realizar un trabajo estacional, contado a partir de la fecha de la primera entrada en el territorio de los países del espacio Schengen en un año civil determinado, no tenga una duración superior a 9 meses en un año civil.

Se expide un permiso de trabajo estacional si:

  1. el importe de la remuneración estipulada en el contrato con el extranjero no será inferior a la remuneración de los trabajadores que realizan un trabajo comparable durante el mismo período de tiempo o en un puesto comparable;
  2. la entidad que encarga un trabajo a un extranjero adjuntó a la solicitud de un permiso de trabajo estacional información del jefe del distrito sobre la incapacidad de satisfacer las necesidades de personal del empleador con base en los registros de personas desempleadas y solicitantes de empleo o sobre un resultado negativo del proceso de selección de personal organizado para el empleador.

No se requiere información del jefe del distrito cuando:

  • El extranjero se graduó en una universidad ubicada en Polonia u otro país del EEE o la Confederación Suiza o es participante en estudios de doctorado realizados en Polonia, durante el período de los 3 años anteriores a la presentación de una solicitud de permiso de trabajo,;
  • El extranjero ha residido legalmente en el territorio de la República de Polonia durante los 3 años anteriores a la presentación de la solicitud de permiso de trabajo, siempre que su estancia haya sido ininterrumpida;
  • El extranjero es ciudadano de uno de los siguientes países: Armenia, Bielorrusia, Georgia, Moldavia o Ucrania.

La tasa para presentar una solicitud de permiso de trabajo estacional es de 30 PLN.

Evalúenos

Agregar comentario
¿Cuánto suman 4 y 2?